Vocales consultaron con ChatGPT para emitir fallo contra periodistas

Dos vocales de la Sala Constitucional Cuarta de Santa Cruz sentaron jurisprudencia el lunes, al consultar en plena audiencia al automatizado ChatGPT, para emitir fallo de un amparo de Acción de Privacidad contra tres periodistas que fueron llevados a proceso ordinario, saltando a la Ley de Imprenta.

La denunciante fue víctima de violencia por parte de su pareja, vinculada al Gobierno, y se comunicó con los periodistas Marco Zabala, Ariel Vargas y Alberto Ruth, para que difundieran las fotos de las heridas y hematomas que ella sufrió.

Sin embargo, tras “reconciliarse”, la mujer exigió que los periodistas quiten y borren las fotos de todos los medios en los que fueron difundidas. Posteriormente, acusó a los comunicadores de vulnerar sus derechos y activó la Acción de Privacidad.

Los vocales Jimmy López Rojas y Diego Ramírez Cruz decidieron usar la herramienta de inteligencia artificial ChatGPT y consultaron: “¿Cuál es el interés público legítimo en caso de divulgación de fotos de una mujer, de partes de su cuerpo en redes sociales como Facebook, por los medios de prensa y sin el consentimiento y/o autorización de ésta?”.

La respuesta automatizada consideró que difundir imágenes sin consentimiento “es una violación a la privacidad y a la dignidad de la persona” e incluyó riesgos como el acoso, la difamación o la violencia directa como potenciales consecuencias.

Para el periodista Andrés Gómez, la pregunta fue completamente sesgada y recordó que la víctima en inicio fue quien autorizó el uso y difusión de las fotos de la agresión.

“Además, esa pregunta no iba a obtener una respuesta sobre la ponderación de tres derechos: 1) el derecho a la vida; 2) el derecho a la imagen; y 3) el derecho a la información (como visibilización de un hecho para preservar la integridad física de una persona)”, acotó.

Tanto Gómez como la red Erbol, consultaron al mismo ChatGPT sobre si era correcto usar esa herramienta para emitir fallos judiciales y la respuesta fue negativa.

“No, el ChatGPT no puede ser utilizado como fundamento para resoluciones judiciales. Aunque el ChatGPT es una herramienta útil para responder preguntas y proporcionar información, no es un sustituto de la experiencia humana, la comprensión jurídica y el análisis crítico.

Las resoluciones judiciales se basan en la interpretación de la ley, los hechos del caso y la aplicación de la jurisprudencia y la doctrina relevante. Estas decisiones requieren un análisis complejo que implica la consideración de muchos factores y la aplicación de la lógica, el razonamiento y el conocimiento jurídico”.

Sobre el proceso, el periodista Marco Zabala manifestó su sorpresa a Página Siete, porque el tribunal no tomó en cuenta la Ley de Imprenta que rige al gremio de la prensa en Bolivia.

“Estamos asombrados por lo que paso, porque ya empezó un amedrentamiento, una persecución a los periodistas, acá en Santa Cruz, y lo están haciendo de tal manera que no es juzgarnos por la Ley de Imprenta, sino por la vía penal”, declaró.

El ChatGPT concluyó que: “Es posible que el Tribunal de Garantías ordene el borrado o baja de estas imágenes para proteger los derechos fundamentales de la mujer afectada. Es importante tener en cuenta que la eliminación de estas imágenes no implica una censura o una restricción injustificada del derecho a la información”.

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