El 19 de junio de 2010 se marcó un hito en la justicia boliviana debido a que la Central Agraria del Macrodistrito de Zongo, en el municipio de La Paz, emitida por primera vez una sentencia en la vía de la Justicia Indígena Originaria Comunitaria (Jioc) . Pasó un año después de que esta jurisdicción fuera reconocida por la nueva Constitución Política del Estado (CPE).
La primera condena en este “sistema de derecho consuetudinario” impuso una sanción de tres chicotazos, una caminata de 12 kilómetros y la expulsión definitiva de ese territorio, del empresario minero José Óscar Bellota Cornejo.
Bajo la normativa indígena, Bellota fue acusado y juzgado por más de 35 años de explotación minera que, según la versión de las víctimas, generó graves daños al ecosistema de esa región, por la contaminación a los ríos, la deforestación, incluso el tráfico de tierras, además de abusos laborales, como la falta del pago de aportes para la jubilación y responsabilidades por la muerte de obreros.
Luego de que el empresario diera su versión ante las comunidades y esta fuera sometida a una valoración y debate, los jueces indígenas lo hallaron culpable y se determinaron su destierro, una de las sanciones más duras de la justicia indígena. Además, se dispuso paralizar las operaciones y suspender la licencia de la mina “Mauricio Ignacio Alexander”, en la que aún se explota scheelita (wolframio), un mineral cuyo uso se da principalmente en la industria belica y electrónica.
No obstante, la sentencia lleva 14 años sin ser tomada en cuenta por al menos ocho instancias del Estado; ninguna hizo cumplir la determinación, pese a que se procedió con el “debido proceso” y el documento fue reconocido y avalado por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP); primero por la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0006/2013 y luego por la Sentencia Constitucional (SC) 0874/2014, como lo informó a Visión 360 la partera, amauta y perito de la Jioc, Marcela Quisbert.
Al contrario, durante los años en que las instancias estatales incumplieron la sentencia, el empresario minero tomó represalias e inició juicios, en la justicia ordinaria, contra más de 50 comunarios, 13 de ellos fueron encarcelados. Entre las víctimas de esta “persecución judicial” quienes buscaron hacer cumplir la sentencia originaria, están los jueces del sistema de la Jioc, Eusebia Zambrana y Edwin Limachi.
“Llevamos 14 años en esta lucha, buscando que cumplan la sentencia, que nuestra justicia está reconocida por la CPE y todas las instancias deben respetar y hacerla cumplir, pero han hecho caso omiso”, lamentó Zambrana en entrevista con Visión 360 .
Las instituciones señaladas son los ministerios de Medio Ambiente y Agua (MMAyA), Trabajo y Minería, además de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (Ajam), el juzgado agroambiental de La Paz, el Instituto Nacional de Reforma Agraria (Inra), Derechos Reales y principalmente la Policía Boliviana, que depende del Ministerio de Gobierno. Todas fueron notificadas con el fallo.
La división de “Corazón”
La palabra aymara “zongo” significa en español “el corazón”, explica Quisbert al momento de describir las características de su territorio. La región está organizada sindicalmente en 32 comunidades, seis subcentrales y, hasta hace dos años, tenía como máxima instancia de decisión la Central Agraria de Zongo.
“En 2010 estábamos unidos, era una sola central y luchamos contra una sola empresa minera; ahora nos hemos dividido en tres y hay más de 500 cooperativas”, lamenta Quisbert.
Los libros de historia revelan que las comunidades indígenas de Zongo pagaban con coca a los diferentes gobiernos desde la Colonia, pero Zambrana y Limachi detallan que en su tierra se produce todo tipo de productos, como plátano, achiote, yuca, hualusa, maíz, café. . , arroz y cítricos.
La mujer de pollera lleva ocho años en el cargo y este caso no solo le ha costado llanto a su familia, sino también el amedrentamiento judicial y las amenazas de avasalladores mineros. Zambrana sobrelleva la inestabilidad económica porque hace cinco años no logra retomar sus cultivos, debido a los constantes viajes que debe realizar a La Paz ya Sucre, con el fin de presentar memoriales y responder debidamente a las denuncias de Bellota y de sus abogados.
“Como autoridades originarias no recibimos un salario, pero debemos cumplir con nuestro trabajo con la comunidad; la contraparte nos criminaliza, nos persigue (…) el empresario ha hecho que las autoridades no cumplan con su trabajo por varias chicanas”, afirma Zambrana.
Al igual que Quisbert y Limachi, asegura que no está en juego solo un terreno o un cargo, su lucha es por dejar un territorio habitable para su comunidad y sus hijos.
Estrategias
Los procesos contra los 13 comunarios, según Limachi, se dieron porque, luego de que se emitió la condena, los comunarios intentaron hacer valer sus derechos e ingresaron a los predios de la empresa minera para detener las operaciones definitivamente. Esto ha originado divisiones en su momento y violentos enfrentamientos con los mineros.
En represalia, Bellota los denunció por avasallamiento, robo agravado y portación de explosivos, entre otros delitos. En 2012, uno de los enfrentamientos derivó en el encarcelamiento por dos años de cuatro dirigentes.
Sin embargo, luego de buscar las salidas jurídicas a este caso, se obtuvo el primer triunfo legal ante el TCP, que ordenó al juez de la jurisdicción ordinaria declinar competencias y dejar que el tema se resuelva en la Jioc, rechazando las objeciones de Bellota.
No obstante, nuevamente la expulsión se paralizó, la minera continúa operando y, de acuerdo con Zambrana y Quisbert, dio lugar a un cambio de estrategia de Bellota que se enfocó en la división entre las comunidades.
En febrero de 2023, los comunarios volvieron a tomar acciones y la respuesta del minero fue similar, nueve aprehendidos fueron enviados a la cárcel por delitos similares. Limachi denuncia que, aunque todos ya están libres, esta vez los mineros no se limitaron a la persecución judicial ya que “comenzaron a quemar casas”.
Extrañamente, pese a que se refiere al mismo conflicto y los actores se repiten, la división del sector no ha permitido que el caso sea derivado a la Jioc como en 2012. Al contrario, se han emitido resoluciones constitucionales que paralizan la expulsión de Bellota y se refieren que esta debe resolverse con enmiendas que no se cumplen hasta el momento, por responsabilidad de la estructura sindical de Zongo.
Las autoridades de la Jioc denuncian que una tercera estrategia que el empresario ha aplicado es la instalación de la “Cooperativa 28 de Octubre” en los predios de la empresa minera sancionada, la cual estaría dirigida por uno de los hijos de Bellota. Esto con el fin de burlar la sentencia de su expulsión, incorporar a su bando a los comunarios convirtiéndolos en cooperativistas, continuar con la división y enfrentar a los comunarios.
Obstáculos
Si bien los jueces indígenas identifican una serie de hechos irregulares que explican por qué no se da cumplimiento a su sentencia, el experto en reforma institucional del Estado, Walter Limache, coordinador del Programa Nina, de la Unión Nacional de Instituciones para el Trabajo de Acción Social (Unitas), ve un problema más estructural.
Limache explica que la nueva CPE reconoce el pluralismo jurídico, que comprende tres jurisdicciones: la ordinaria, la justicia agroambiental y la justicia indígena originaria. “Las dos primeras tienen toda una estructura para su aplicación, pero la tercera carece de un reconocimiento pleno, porque si bien la justicia indígena se practica desde tiempos ancestrales, en la jurisprudencia actual es relativamente nueva”, explicó el experto.
El párrafo dos del artículo 179 de la CPE, en su Capítulo III, sobre el Órgano Judicial y Tribunal TCP, señala: “La jurisdicción ordinaria y la jurisdicción indígena originaria campesina gozarán de igual jerarquía”.
No obstante, en la balanza de hechos se muestra que la norma solo cuenta en el papel, pues mientras los indígenas jueces luchan desde hace 14 años por hacer cumplir su fallo, los mineros lograron encarcelar a 13 comunarios, inmediatamente después de que los denunciaron.
Limache asevera que para la aplicación de una sentencia con las características de la Jioc de Zongo, primero debe avanzar el proceso de socialización entre la sociedad, los operadores de justicia y la misma población campesina, con el fin de que reconozcan las virtudes de esta jurisdicción. . . Una de sus principales virtudes es la eliminación de la retardación de justicia, la burocracia e incide en la reparación del daño.
Abogado Cocarico
Por contraparte, en contacto con Visión 360, el abogado de Bellota, César Cocarico, aseveró que las autoridades indígenas que acusan a su cliente no están reconocidas y usurpan cargos porque tienen intereses en la explotación minera.
Aunque reconoció que la expulsión del empresario de Zongo es constitucional, aseguró que los 13 procesados son avasalladores que incurrieron en actos delictivos y que su cliente se vio obligado a iniciar el traspaso de la mina a la Cooperativa 28 de Octubre, debido a los constantes conflictos y argumentó que existen vicios de nulidad en la determinación de la Jioc por no contar con competencias sobre otras áreas.
“La consulta constitucional (al TCP, sobre la sentencia) dice que es correcta la expulsión, de acuerdo a la jurisdicción indígena. Ahora, si bien se expulsa a Óscar Bellota, la Jioc no tiene competencia para juzgar hechos relacionados a temas mineros; por tanto, los derechos adquiridos como accionista de una concesión minera están incólumes”, sostuvo Cocarico, quien fue gobernador de La Paz y ministro de Desarrollo Rural en la gestión de Evo Morales.
Vulneración sistemática
Para la Coordinadora del programa Defensores de Unitas, Claudia Terán, el caso de Zongo es emblemático, porque las acciones que se desarrollan entre la emisión de la sentencia y el incumplimiento de esta, por 14 años, comprueban que “hay una sistemática vulneración de derechos que se repite contra quienes están considerados en la categoría de ‘defensores de derechos humanos’”.
Lo sufrido por las poblaciones y autoridades en Zongo toca varios ejes de vulneraciones, como el incumplimiento de leyes por parte de los operadores de justicia en desmedro de poblaciones indígenas, la criminalización de los dirigentes y la vulneración de sus derechos durante los procesos penales, la violencia física y judicial contra mujeres dirigentes, la contaminación minera y la deforestación.
Terán explicó que casos como el de Zongo o el secuestro de periodistas que se dio en Las Londras, en 2021, en el departamento de Santa Cruz, reflejan una “situación estructural” de carencias y debilidades institucionales en el Estado boliviano. Ambos temas forman parte del informe alternativo que presentó Unidades al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para el Examen Periódico Universal (Epu) de Bolivia, a realizado en enero de 2025 en Ginebra, Suiza. Para Unitas, los indígenas defensores del territorio de Zongo se enfrentan a “una severa y sistemática criminalización”.
¿Qué es el Examen Periódico Universal (EPU)?
Etapas del proceso
- Elaboración de informes : El Estado, Naciones Unidas y la sociedad civil presentan informes sobre derechos humanos.
- Diálogo interactivo : Otros países hacen preguntas y recomendaciones al Estado evaluado.
- Seguimiento : El Estado implementa las recomendaciones aceptadas y rinde cuentas en el siguiente ciclo.
Bolivia será evaluada en enero de 2025, lo que representa una oportunidad para visibilizar temas críticos como la libertad de expresión, los derechos de los pueblos indígenas, la justicia y la igualdad de género.
Las organizaciones sociales aportan datos y propuestas que enriquecen el debate y contrastan la narrativa oficial.
Promover políticas públicas efectivas y reforzar el compromiso del Estado con los derechos humanos. El EPU es una herramienta fundamental para construir sociedades más justas, equitativas y respetuosas de los derechos humanos.
- ///CARLOS QUISBERT EN VISION 360///