El Fiscal de Materia Miguel Aramayo Céspedes presentó el 11 de marzo reciente, la acusación formal contra los miembros de la excomisión de fiscales que investigó el caso del Bebé Alexander, Edwin Blanco Soria y Jeanette Susana Boyán Téllez, por la presunta comisión de delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes e incumplimiento de deberes.
Pide al Juez 5to de Instrucción Anticorrupción que ambos exfiscales sean llevados a juicio oral por haber escondido información que podía liberar de culpa y participación al médico Jhiery Fernández Sumi y lejos de aquella posibilidad, presentaron acusación contra el médico quien fue sentenciado a 20 años de cárcel por el Tribunal Cuarto de Sentencia de La Paz.
Aramayo explica al juez que, en mérito al análisis de todos los elementos, se ha podido evidenciar que los exfiscales Edwin José Blanco Soria y Susana Boyán Téllez firmaron y presentaron imputación contra Jhiery Fernández con documentos que “no acreditan de manera indiciaria la participación del imputado (…)”, lo que implica que no existe fundamentación o descripción del comportamiento o modo de actuar descubierto por el Ministerio para adecuarlos al tipo penal imputado”.
Recuerda que los fiscales lograron medidas cautelares consistente en la detención preventiva del médico Fernández, mismas que fueron cumplidas por el imputado durante 4 años en el penal de San Pedro.
Concluye también que ambos fiscales presentaron acusación formal en fecha 29 de junio de 2015 con argumentos y prueba documental que fueron observados y tasados de ilegal, tal como dice el informe de fecha 18 de mayo de 2021 suscrito por el fiscal Gonzalo Chacón Silva, en virtud del cual muchas “pruebas” utilizadas por Blanco y Boyán fueron señaladas de irregulares.
La imputación formal concluye que de las muestras colectadas a Jhiery Fernández Sumi, “no se detectaron presencia de antígeno prostático específico y las pericias realizadas dentro de ese proceso investigativo no determinan haber encontrado ADN correspondiente en ninguna muestra colectada el día de los hechos, aspectos que demuestran científicamente que el acusado no ha tenido contacto sexual con el infante y que no se encontraba en la supuesta escena del crimen”.
El Ministerio Público pide al juez que, al concluir el juicio oral, dicte sentencia condenatoria declarándolos culpables de los delitos imputados con el pago de costas y daños al Estado y pago de días multa establecidos en el Código Penal.
De acuerdo al Código, los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes tienen una pena de 4 a 10 años mientras que el incumplimiento de 2 a 4 años de prisión.
Blanco juró el 1 de junio de 2021 como juez del Tribunal de Sentencia 13 del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, luego que el Consejo de la Magistratura lo designara como autoridad, pese a llegado al cuarto lunes con un puntaje de 66 entre seis abogados preseleccionados para ocupar el cargo.
//FUENTE: ERBOL//