–
La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) presentó este martes el Reglamento de Seguros Inclusivos para garantizar pólizas “ajustadas” a las necesidades de los beneficiarios, desmitificando esa percepción de que solo es para algunos grupos económicos.
El documento fue presentado por la directora ejecutiva de la APS, María Esther Cruz, junto a la viceministra de Pensiones y Servicios Financieros, Ivette Espinoza Vásquez.
Los seguros inclusivos “permitirán a la población objetivo obtener pólizas ajustadas a sus necesidades y a las entidades aseguradoras escuchar a la población y constituir nuevos productos para dinamizar el mercado de seguros en beneficio de la sociedad en su conjunto, y así cambiar el estigma de que los seguros solo son para algunos grupos económicos”, explicó Cruz, según la APS.
La iniciativa es un aporte para al desarrollo y fortalecimiento de la economía boliviana, parte de la reactivación económica
El reglamento, además, se constituye en una medida que coadyuvará a las políticas de inclusión financiera en el marco del Modelo Económico Social Comunitario y Productivo (MESCP) encaminado por el Gobierno nacional.
Las principales características de los seguros inclusivos son que están destinados a sectores vulnerables y con limitado acceso a los seguros tradicionales, independientemente de su nivel de ingresos económicos.
Cuentan con una cobertura que contempla las necesidades, intereses y riesgos comunes a la mayoría de los segmentos y sectores de la población de Bolivia, que tienen como único patrimonio su vida y/o que por día generan ingresos o comercios que pueden ser asegurados.
Sus términos contractuales son de fácil entendimiento y comprensión para asegurados, beneficiarios, tomadores o interesados en contratos de seguros. Mantienen requisitos de asegurabilidad mínimos y sus exclusiones son prácticamente inexistentes.
Garantizan el fácil acceso a través de puntos de venta, internet u otros medios electrónicos y digitales. No requieren asesoría especializada en seguros. Son susceptibles de estandarización y cumplen condiciones de universalidad.
Prescinden del proceso de análisis y selección de riesgo, previa suscripción. Se comercializan de forma directa por las Entidades Aseguradoras, Entidades de Prepago de Salud, Corredores de Seguros y Oferentes Casuales.
La distribución se la realiza a través de medios de comercialización masiva, sujeta a la reglamentación del Régimen Especial de Seguros de Comercialización Masiva, de acuerdo con la APS.
//FUENTE: ABI//