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La madrugada de este sábado la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Ley de aplicación de los resultados del Censo de Población y Vivienda en los ámbitos financiero y electoral y lo remitió a la Cámara de Senadores.
Resta un trámite legislativo que tiene muchos caminos.
Fuentes del Senado señalaron a UNITEL, que por procedimiento el proyecto de ley aprobado en Diputados solo puede ingresar a Presidencia del Senado en día hábil, es decir el lunes. Ese día recién se podrá convocar a sesión, para que el martes pase a comisión, donde siguen más plazos y se debe allanar el camino, dispensando por trámite la norma, ya que pueden requerir desde esta instancia mandar el proyecto a consultas al Órgano Ejecutivo o Electoral.
El presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, anticipó el jueves que la norma cumplirá su procedimiento normal; es decir, se conocerá sobre su remisión y luego será enviada a la comisión que corresponde.
“Nosotros, como cámara revisora, estamos a la espera de los informes finales de la comisión y de pleno de la Cámara (de Diputados) y nosotros, en la medida que nos llegue a la comisión correspondiente remitiremos y en consecuencia emitiremos cualquier criterio”, señaló.
En la misma línea de la cámara de origen, se prevé que la norma llegue a la Comisión de Constitución que está a cargo la senadora del MAS Patricia Arce.
La legisladora indicó el pasado miércoles que una vez que el proyecto de ley se apruebe en la Cámara de Diputados, pase al Senado y llegue a su comisión se analizará su viabilidad.
“Estamos esperando que llegue (al Senado). La Cámara de Diputados es la que está tratando y una vez que se remite acá, nosotros nos vamos a dar el tiempo necesario para poder viabilizar o no”, declaró.
Aprobado, rechazado o con cambios
Si se aprueba o rechaza en esa instancia, el informe del proyecto normativo volverá al pleno de la Cámara de Senadores, donde será analizada por los 36 senadores.
En caso de lograr consensos, el Senado puede aprobar y sancionar la norma para que el presidente Luis Arce la promulgue.
También existe la posibilidad de que la cámara revisora, es decir el Senado, enmiende o modifique el proyecto. En este caso, la cámara de origen en otra sesión debe aceptar por mayoría absoluta de los miembros presentes las enmiendas o modificaciones y aprobarlas.
En caso de que no las acepte, las dos cámaras se reunirán a requerimiento de la cámara de origen dentro de los veinte días siguientes y deliberarán sobre el proyecto.
//FUENTE: UNITEL//