Agresión a periodista deriva en daño psicológico y vulneración de cuatro derechos

El daño psicológico es la primera consecuencia de la agresión sufrida por la periodista del programa radial “Mujeres en Acción” de Villa Montes, Fabiola Lima, el pasado jueves 12 de septiembre, además de la vulneración de al menos cuatro derechos que protegen el trabajo informativo y su condición de mujer.

Tengo temor de salir a hacer una cobertura (de prensa) y tengo miedo”, relató la periodista Lima a la Unidad de Monitoreo de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) que el día jueves fue atacada en las puertas de la Casa del Adulto Mayor por una dirigente vecinal que además forcejeó para arrebatarle el teléfono móvil y lanzarlo al piso.

En el lugar estaba instalada una vigilia de dirigentes vecinales que rechazan la construcción de una vía con recursos de Villa Montes, por el riesgo de endeudamiento, y exige que la obra sea gestionada por el gobierno central.

La pantalla del teléfono móvil quedó destruida; un brazo de la reportera terminó con un moretón por el forcejeo, pero la afectada subrayó que el daño psicológico es mayor a los daños materiales.

Lima no encuentra explicación para el ataque. La periodista se aproximó a preguntar las razones por las que el enviado de Radio Euforia, Álvaro Portillo, era empujado y agredido verbalmente por una mujer, y de manera sorpresiva sintió la acometida.

La acción siguió al maltrato sufrido por varios reporteros que fueron excluidos por los manifestantes de la cobertura informativa, lo que hace presumir la existencia de una lista de periodistas y medios discriminados.

Tras el ataque, una campaña de descrédito comenzó a difundirse por las redes sociales y los mensajes cuestionan a la periodista por su ciudad de origen, La Paz, donde nació y realizó estudios de comunicación social en la universidad estatal.

“Además del daño psicológico, los agresores de la periodista vulneraron la garantía constitucional del derecho a informar (Artículo 106); así mismo se restringió su derecho al trabajo, en un acto discriminatorio y hostil, hecho que no puede pasar inadvertido y debe denunciarse por la comisión del delito tipificado en el artículo 281 ter. (Ley 045) con la agravante de la violencia”, explicó la asesora legal de la ANP, Mabel Antezana.

La cuarta norma vulnerada es la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia.

La ANP hace un llamado a la Defensoría del Pueblo, a la Fiscalía y a la Dirección Municipal de Género del municipio de Villa Montes a garantizar el trabajo y la seguridad personal de la periodista Fabiola Lima, con prontitud.

  • ///FUENTE: ANP – UNIDAD DE MONITOREO///