El abogado constitucionalista, Williams Bascopé, aseguró ayer que la acusación por los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a las leyes y la Constitución, contra la exsenadora Jeanine Añez está viciada de nulidad porque no toman en cuenta el artículo 151 de la Constitución Política del Estado (CPE).
El artículo 151 de la CPE señala: “Las asambleístas y los asambleístas gozarán de inviolabilidad personal durante el tiempo de su mandato y con posterioridad a éste, por las opiniones, comunicaciones, representaciones, requerimientos, interpelaciones, denuncias, propuestas, expresiones o cualquier acto de legislación, información o fiscalización que formulen o realicen en el desempeño de sus funciones no podrán ser procesados penalmente”.
“II. El domicilio, la residencia o la habitación de las asambleístas y los asambleístas serán inviolables, y no podrán ser allanados en ninguna circunstancia. Esta previsión se aplicará a los vehículos de su uso particular u oficial y a las oficinas de uso legislativo”.
“Leyendo este artículo, ya se pasaron por encima la CPE, por lo que este supuesto golpe II ya está viciado de nulidad. Si creen tanto que ha sido golpe de Estado, no entiendo qué hacía los dos tercios del MAS (Movimiento al Socialismo) anulando elecciones y convocando para nuevos vocales electorales y después convocando a las nuevas elecciones”, cuestionó Bascopé en entrevista con radio Panamericana.
En entrevistas anteriores, el ministro de Justicia, Iván lima, aclaró que Jeanine Añez es procesada en calidad de exsenadora y no como expresidenta.
“En este momento estamos ante un juicio a una exsenadora, por lo tanto, no corresponde un juicio de privilegio constitucional y esa es la realidad de los hechos, cuando se la juzgue como expresidenta se tendrá que evaluar en qué caso va a la Asamblea y si autoriza el enjuiciamiento”, dijo Lima.
Bascopé recordó que en 2019 hubo una sucesión constitucional porque Evo Morales salió del país, abandonando su cargo de presidente y el Tribunal Constitucional (TC) sacó un comunicado citando una declaración constitucional que es la sentencia 00301 del 31 de julio de 2001.
“El propio TC dice que no puede haber vacío de poder porque es contrario al Estado de derecho y propicia la anarquía y la paz social de este país”, aclaró.
21F
El analista Marcelo Silva apuntó que el juicio contra Añez debe esclarecer algunas dudas del momento de la sucesión de Añez y esta debe ser idónea.
“Cuál fue la razón concreta y real de la renuncia de los presidentes de la Cámara de Senadores y Diputados que en ese momento estaban ejerciendo. Por qué se llevó a cabo una reunión política donde se decide convocarla a Jeanine Añez para preguntarle si estaba en condiciones de asumir el poder político, quién manejaba las Fuerzas Armadas fácticamente”, apuntó Silva en entrevista con Panamericana.
Asimismo dijo que el análisis político es mucho más fácil que el tema jurídico y recordó que la raíz de todo está en que no se respetó el voto popular del 21 de febrero de 2016.
“El país vivió un periodo político de inestabilidad cuyo origen parte desde el no respeto a los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016 y que poco a poco va creciendo y lleva a actores políticos de uno y otro lado a no respetar la CPE, pero sobre todo no respetar ciertas tradiciones democráticas”, dijo.
El analista apuntó que el respeto al voto popular siempre fue el eje central y el “salvataje” de momentos de inestabilidad política.
“No llegar a acuerdos políticos en un momento de transición, como la que tuvo Jeanine Añez, en su autoproclamación (…) fue un error. Añez marca la aniquilación de los actores políticos que estaban constantemente en contra del MAS y Evo Morales, yo creo que a eso se debe hoy en día su orfandad”, dijo.
SUCESIÓN
CONSTITUCIONAL
En criterio del periodista Iván Rada, los abogados que patrocinan a la expresidenta, deben defender la forma en que la entonces senadora beniana asumió la Presidencia del Senado y luego la Presidencia del Estado.
“(La defensa) debe exponer los procedimientos legislativos, reglamentos y CPE, y contrastar con el vacío de poder que se presentó. Deben citar el comunicado del TC y posteriores declaraciones que emitió para solventar la presidencia transitoria”, dijo.
Aclaró que debe ser la Fiscalía y los denunciantes quienes deben probar que se cometió incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, y para ello les basta aclarar que “nadie en el Senado le firmó su memorándum como presidenta de la Cámara Alta”, y “no había quórum la noche del 12 de noviembre de 2019”.
“Ambas pruebas de cargo son fáciles de desmontar, pero implica una tarea más constitucional y procedimental que penal. Ojalá los abogados de Añez sean constitucionalistas y no penalistas o civiles, caso contrario y más allá del sometimiento de la justicia, este juicio ya está definido con una primera sentencia anticipada contra una expresidenta de Bolivia”, advirtió.
//FUENTE: EL DIARIO//