El Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (Cedla) observa el nuevo decreto supremo 4721, que modifica nombres en la estructura del Ministerio de Minería y Metalurgia porque incorpora la inversión y producción en el sector minero de “empresas comunitarias o economía mixta” y también la “participación indígena en los beneficios de la industria minera”, al margen de la Constitución Política del Estado (CPE).
“Un hecho llamativo del Decreto Supremo promulgado es que se habla de promover el desarrollo de la inversión y producción en el sector minero de empresas comunitarias o economía mixta, y también de fomentar la participación indígena en los beneficios de la industria minera”, este hecho por su ambigüedad en la redacción, puede derivar en conflictos sociales”, afirma el investigador, Alfredo Zaconeta a Brújula Digital.
Zaconeta observa que la Constitución Política del Estado y la Ley 535 de Minería y Metalurgia de 2014 solo reconoce a tres operadores mineros: el estatal, el privado y las cooperativas, por lo que la incorporación de las “empresas comunitarias”, como operador minero, ya fue rechazado el año 2009, cuando se inició la redacción de la actual ley minera.“La participación de los pueblos originarios e indígenas es importante, empero, esta debería tratarse en una nueva Ley Minera, que considere su participación de la minería en sus territorios, pero a través de normas claras y no ambiguas como el decreto 4721”, opina el especialista.
Al considerar la legislación especial al tratarse de pueblos indígenas, el investigador señala: “si quieres meter la participación de los indígenas de contrabando, a ellos hay que incorporarlos bien, a través de una nueva ley, esto solo es demagogia retórica para quedar bien y solo provocará enfrentamientos por la ambigüedad de fondo”.Modificación de nombres en la estructura
El decreto 4721 del 18 de mayo de 2022 en su artículo primero señala que: se tiene por objeto establecer cambios en la estructura del Ministerio de Minería y Metalurgia que permita implementar estrategias de desarrollo de la cadena productiva de minerales tecnológicos y tierras raras para su industrialización, por lo que se modifican los artículos 74, 75, 76 y 77 del DS 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
“La modificación de nombres en la estructura del Ministerio de Minería y Metalurgia y sus atribuciones, no resultan suficientes si estas no se acompañan con una política minera acorde a las necesidades actuales de nuestra minería y el rol que queremos jugar en las demandas de la minería mundial”, afirma Zaconeta.
El investigador en señala que actualmente no existe un Plan Sectorial de Desarrollo Minero Metalúrgico que guie la dirección de la minería del país, pues el último que se aprobó quedó caduco el 2020, el mismo que no cumplió sus metas.
Por otra parte señala que la incorporación de un Viceministerio de Minerales Tecnológicos (estratégicos), lanza muchos retos para la minería estatal. “Lo malo es que nuestra estatal Comibol está tan debilitada, que no cuenta con los recursos técnicos, económicos y sobre todo humanos para atender los mismos”, afirma.
Como ejemplo de esta incapacidad de aprovechar los minerales estratégicos cita el especialista, es que en 15 años de Gobierno del MAS no se pudo concretar las refinerías de zinc, la instalación de la planta de hierro del Mutún o la industrialización de los recursos evaporíticos, particularmente del litio.
Con el nuevo decreto, la estructura jerárquica del Ministerio de Minería y Metalurgia, es la siguiente: Ministra (o) de Minería y Metalurgia- Viceministerio de Política Minera, Regulación y Fiscalización con su Dirección General de Política Minera, Regulación y Fiscalización; el Viceministerio de Minerales Tecnológicos y Desarrollo Productivo Minero Metalúrgico con su Dirección General de Minerales Tecnológicos y Desarrollo Productivo para su Industrialización y Dirección General de Medio Ambiente y Consulta Pública, además del Viceministerio de Cooperativas Mineras con su Dirección General de Cooperativas Mineras.
//FUENTE: LOS TIEMPOS//