A través de un Pronunciamiento, la Defensoría del Pueblo, anunció que en el marco de sus competencias realizará el monitoreo permanente del desarrollo de la movilización denominada “Marcha por la vida” con el objetivo de velar por el respeto a los derechos humanos de todas las bolivianas y bolivianos. De la misma forma instó a los sectores y actores sociales movilizados que participen de la marcha de Patacamaya a la ciudad de La Paz puedan realizarla de forma pacífica y respetando el derecho de terceros ajenos al conflicto.
“Como Defensoría del Pueblo, exhortamos a los sectores y actores sociales que participen de la marcha de Patacamaya a la ciudad de La Paz, prevista para este 10 de enero de 2025, puedan realizarla de forma pacífica y respetando el derecho de terceros ajenos al conflicto”, señala el Pronunciamiento.
En otro de sus puntos, el documento insta a “evitar cualquier tipo de discurso que incite al odio o la discriminación, así como prescindir de la participación de niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y mujeres embarazadas a fin de precautelar por su integridad y dignidad humana”.
Recientemente, la institución defensorial, presentó un reporte anual de conflictividad en el cual develó que, durante la gestión 2024, se presentaron 563 hechos de conflictividad a nivel nacional, logrando la intervención en el 75% de estos casos. El informe señala que, las principales medidas de presión utilizadas durante la gestión pasada, por los diferentes sectores sociales, fue el bloqueo de caminos y las marchas de protesta.
El pronunciamiento defensorial hace referencia a los límites fijados por el Sistema de Protección de Derechos Humanos a las marchas de protesta entre los que se establece: 1) perseguir un fin legítimo, ser necesarios y proporcionales; 2) debe ser pacífica, es decir no violenta; 3) no se puede utilizar una protesta en favor de la guerra o apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, hostilidad o violencia; 4) no puede bloquear acceso a nosocomios, centros de salud, botaderos y todo lugar que forme parte de la bioseguridad; 5) no debe perjudicar la provisión de víveres; 6) no debe afectar circulación de grupos vulnerables (adultos mayores, NNAs, mujeres embarazadas y personas que sufran alguna enfermedad; 7) no impedir el ingreso a unidades educativas ni a fuentes laborales.
“La Defensoría del Pueblo, realizará el monitoreo permanente del desarrollo de la medida de protesta, en cumplimiento a sus atribuciones constitucionales, velando siempre por el respeto a los derechos humanos de todas las bolivianas y bolivianos sin distinción, promoviendo la cultura de paz y diálogo como única vía de resolución de conflictos”, finaliza el documento.
- ///FUENTE: DEFENSORÍA DEL PUEBLO///