TCP declara inconstitucionales proyectos de ley 073 y 075 “antiprórroga” y ordena su archivo

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), por medio de dos fallos, confirmó el archivo definitivo de las leyes 073 y 075 y la nulidad de las sesiones en las que se aprobaron esas normas, con las que parlamentarios del ‘evismo’ y de la oposición pretendían cesar a los magistrados en contra de lo establecido por la Declaración Constitucional 0049/2023 de ampliación de su mandato de forma indefinida. De esa forma, los tribunos blindaron también su permanencia ante normativas que ponían en riesgo su continuidad mientras no sean reemplazados por voto popular.

El Auto Constitucional 0053/2024, del 12 de junio de este año, fue conocido este sábado, casi seis meses después, a través del mismo el TCP declara inconstitucionales los dos proyectos de ley, numerados 073 y 075, que disponían la suspensión de plazos procesales en los altos tribunales de justicia y el cese de funciones de los magistrados que cumplieron su mandato de seis años en 2023.

El fallo, que lleva la firma de seis de los nueve magistrados y la disidencia de Paul Franco, responde a un recurso de queja planteado por el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Marco Ernesto Jaimes, por incumplimiento de la DCP 0049/2023 con la aprobación en el Senado de dos proyectos de ley que cesaban del cargo a los magistrados.

En el petitorio del recurso de queja, del 23 de enero de este año, el Presidente del TSJ solicitó declarar ha lugar la denuncia de incumplimiento de la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0049/2023, del 11 de diciembre, que dispuso el archivo definitivo del proyecto de ley 073/2023-2024 de la Cámara de Senadores (CS), “Ley de Suspensión de Plazos Procesales y Continuidad del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y el proyecto de ley 075/2023-2024 CS, “Ley para Restablecer la Plena Vigencia de los Artículos 188.III, 194.III y 200 de la CPE.

EL AUTO

El auto constitucional lleva la firma de Yván Espada, Gonzalo Hurtado, Elizabeth Cornejo, Brígida Celia Vargas y Karem Gallardo, con la disidencia de Franco. No firman –se desconoce por qué– los magistrados Georgina Amusquívar y Petrolino Flores.

El su ‘Por Tanto’, el TCP declara la inconstitucionalidad del proyecto de ley 073 y 075, aún no promulgadas, por ser contrarios en su contenido a la DCP 0049/2023. Además, exhorta a la Asamblea Legislativa Plurinacional y a sus cámaras a dar cumplimiento a la sentencia 0049/2023.

En la Sentencia Constitucional 0041/2024, de un Recurso de Nulidad, de 24 de junio, el TCP declaró nulas las convocatorias para tres sesiones ordinarias de la ALP programadas para el 26, 27 y 28 de diciembre de 2023. Estas sesiones, que buscaban tratar diversos asuntos legislativos, fueron anuladas debido a vicios legales en su convocatoria.

CESACIÓN

A principios de año, parlamentarios ‘evistas’ y de la oposición en el Senado impulsaron las leyes 073 y 075 con la intención de dejar sin magistrados a los altos tribunales de justicia y disponer el cese de las autoridades en funciones.

  • ///FUENTE: CORREO DEL SUR///