Indemnidad sexual de los menores: Un derecho fundamental desprotegido en Bolivia

La indemnidad sexual de los menores es un derecho fundamental que protege su inocencia y desarrollo saludable frente a cualquier forma de agresión o explotación sexual. Este principio no es solo una cuestión de legislación; es un imperativo moral que refleja el compromiso de una sociedad con su futuro. Sin embargo, en el contexto del ordenamiento jurídico boliviano, la indemnidad de los menores aún no se encuentra protegida, dejando a esta población vulnerable y expuesta a riesgos que atentan contra su integridad y dignidad.

El derecho a la indemnidad sexual implica garantizar que los niños y adolescentes  crezcan en un ambiente donde su inocencia no sea vulnerada, donde se respete su libertad y donde se promueva su bienestar integral. Este derecho debería ser considerado como un pilar fundamental en la construcción de políticas públicas y en la legislación, sin embargo, en Bolivia, se observa una preocupante desprotección que se manifiesta en diversas formas.

En primer lugar, a pesar de los esfuerzos legislativos para mejorar la protección de los derechos de los menores, el marco normativo todavía presenta lagunas que dificultan la implementación de medidas efectivas de protección. La falta de un enfoque claro que integre la indemnidad sexual como un derecho explícito en la normativa, genera confusión y limita las acciones de los actores involucrados en la defensa de los menores.

Pese a que este derecho está basado en el principio del interés superior del niño consagrado en la Constitución Política del Estado, como también, en el principio de autonomía progresiva, establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño. Este concepto implica que el niño o adolescente, en la medida en que va madurando psicológicamente, debe ser libre para desarrollar y ejercer sus derechos, incluyendo los derechos sexuales, de acuerdo con su criterio y su capacidad de comprensión. Quedando como una deuda pendiente en nuestro sistema jurídico, incluso ignorando a la Sentencia Constitucional Plurinacional No 206/2014, del 05 de febrero de 2014, que exhortó al Estado a desarrollar una ley que aborde los derechos sexuales y reproductivos.

Esta omisión es particularmente grave en un contexto donde las cifras de abuso y explotación sexual infantil son alarmantes, y que, por la coyuntura política, hasta se está viendo dolorosamente normalizada.

La ausencia de una clara consagración del derecho a la indemnidad sexual en la legislación boliviana deja a los menores en una situación de vulnerabilidad. En muchos casos, las víctimas de abuso no encuentran el respaldo necesario para denunciar los hechos, ya que el sistema judicial no ofrece las garantías adecuadas para su protección.

Esto no solo perpetúa la cultura de silencio y miedo, sino que también fomenta la impunidad de los agresores, socavando la confianza de los menores y sus familias en las instituciones encargadas de proteger sus derechos.

Además, la falta de sensibilización y educación en torno a la indemnidad sexual contribuye a la normalización de conductas que vulneran la inocencia de los menores.

Sin un entendimiento claro de la importancia de proteger su integridad, muchas familias se ven desinformadas sobre cómo actuar ante situaciones de riesgo. La educación y la sensibilización deben ser componentes clave en la promoción de la indemnidad sexual, protegiendo a los menores ya sus familias para que reconozcan y reclamen sus derechos.

La realidad es que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar la indemnidad sexual de los menores. Y retomar el camino de nuestra cosmovisión, cuando conceptualiza el término de “la wawa” y lo determina como la madre, el padre, la familia y la comunidad; en su representación social, cuando un embarazo es producto de la  “complementariedad”, “dualidad”, “equilibrio” y “armonía”, ya que los niños son una expresión de lo sagrado relacionado con la alegría que impregna a la comunidad y llegan hasta las deidades y a la pachamama, favoreciendo de esta manera el crecimiento de las plantas y animales. ¡Los niños son una bendición!

Esto implica no solo la creación de un marco normativo robusto que proteja su inocencia, sino también la implementación de políticas efectivas que prevengan el abuso y la  explotación. Las instituciones deben ser proactivas en la detección de casos de vulneración de derechos y en la promoción de un entorno seguro para el desarrollo de los menores de acuerdo a sus etapas de crecimiento y descubrimiento progresivo de su desarrollo sexual.

La protección de la indemnidad sexual no puede ser vista como un tema secundario o como una cuestión que se aborda solo de manera reactiva. Es necesario adoptar un enfoque integral que contemple la prevención, la atención y la reparación a las víctimas.

Esto requiere la colaboración de diversas instituciones, desde el ámbito educativo hasta el judicial, así como la participación activa de la sociedad civil.

La falta de protección de la indemnidad sexual de los menores en Bolivia no es solo una cuestión legal; es un desafío ético que nos interpela como sociedad.

Debemos comprometernos a defender la inocencia de nuestros niños y adolescentes, reconociendo que su bienestar es responsabilidad de todos. Es momento de que Bolivia adopte un enfoque firme y decidido en la protección de la indemnidad sexual de los menores, asegurando que sus derechos sean efectivamente garantizados y respetados.

Solo a través de un cambio profundo en nuestra legislación y en nuestra cultura colectiva podremos construir un futuro en el que cada niño y adolescente tenga la oportunidad de crecer en un entorno seguro y libre de violencia, donde su inocencia sea valorada y protegida.

  • JOSÉ ANTONIO DUCHEN BUSTILLOS
  • ABOGADO
  • *NDE: LOS TEXTOS REPRODUCIDOS EN ESTE ESPACIO DE OPINIÓN SON DE ABSOLUTA RESPONSABILIDAD DE SUS AUTORES Y NO COMPROMETEN LA LÍNEA EDITORIAL LIBERAL Y CONSERVADORA DE VISOR21