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La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, representada por los magistrados Alaín Núñez y Juan José Subieta, denegó la tutela interpuesta por representantes de la Red Uno, por el abogado y por el dirigente sindical José Luis Patuy y ratificó el laudo arbitral reivindicando así a 254 trabajadores que lucharon por sus derechos laborales durante más de cinco años.
De esa manera la justicia reivindicó la lucha de los trabajadores de la Red Uno que incluso apelaron a una histórica huelga de hambre durante casi dos meses en 2014 que contó con el apoyo de toda la clase trabajadora, de los obreros de todos los medios de comunicación, instituciones, el mismo estado y pueblo en general.
Según el acta de audiencia del 18 de octubre de 2022, la Red Uno a través de su gerente general, Joaquín Pereyra Vaca Diez, presentó acción de amparo constitucional contra la jueza octavo del trabajo Sonia Rivas y los vocales de la Sala Segunda Social, Contenciosa Administrativa, Sergio Cardona y Sandra Aguada por haber ratificado el laudo arbitral en favor de los trabajadores emitido el 27 de julio de 2016 que decretó el pago de beneficios sociales y reivindicaciones.
En audiencia el abogado José Alfredo Ríos Rendón, representó al gerente Joaquín Pereyra. Sin embargo, sorprendió a los vocales porque siempre acudía en representación de los trabajadores junto al ejecutivo de la Federación de Trabajadores de la Prensa y secretario del Sindicato Alianza Uno, José Luis Patuy.
El jurista Ríos esta vez asistiendo a la Red Uno, fundamentó que se interpuso el amparo constitucional contra vocales y una juez del trabajo porque al reconocer pagos a los trabajadores y ratificar el laudo arbitral, incurrieron en error. El abogado Ríos consideró que el laudo en favor de 254 trabajadores sale después de siete meses que se tiene que aplicar un incremento salarial del 15 por ciento, cuando ya se había cancelado el 8.5 por ciento por decreto del Gobierno.
Para el abogado, quiere decir que los vocales y la jueza ratificaron el pago de un 23.5 por ciento de incremento salarial para el 2015, un incremento jamás dado en el estado plurinacional. “Esto vulnera los derechos y garantías de la parte accionante ya que se está consolidando un enriquecimiento sin causa de legitimación legal a los terceros interesados”, argumentó Ríos.
La defensa justificó que debe aplicarse el laudo solo a 27 trabajadores o 23 que forman parte del sindicato. Considera que la jueza y los vocales demandados concedieron la cuantificación para 254 trabajadores vulnerando los derechos y garantías de la Red Uno.
En una férrea defensa de la Red Uno, el abogado Ríos, consideró que el laudo arbitral ejecutado por la jueza y la sala que fueron demandados con el amparo, establecieron montos de pago que no corresponden y eso significa que no solo desemboque en el decremento del patrimonio de la empresa, sino en enriquecimiento ilegal, ilícito de 254 trabajadores que no forman parte del sindicato, que nunca reclamaron nada. Considera un error otorgarles a los trabajadores alegremente un beneficio ilegal.
“Quiero aclarar lo siguiente. La Red Uno no desconoce el laudo arbitral, solo que no está de acuerdo. Tenemos conciencia que hay un laudo que tiene calidad de cosa juzgada, pero no queremos que la gente que nunca, mejor dicho, el sindicato nunca representó, sino solamente a 23 y ahora con los arreglos, las liquidaciones, creo que no quedan, que creo que son solo 10”, dijo José Alfredo Ríos.
Por su parte José Luis Patuy de los trabajadores de la prensa y del Sindicato Alianza Uno, coincidió con los argumentos del abogado y calificó exagerado el laudo y la decisión de los vocales y de la juez. Dijo que se incurriría en enriquecimiento ilícito a los trabajadores si se les paga a todos como estableció el laudo arbitral. Fundamentó que siempre apostaron por la buena fe de la empresa en el conflicto de 5 años. Dijo que representa a 23 trabajadores del Sindicato, pero hoy solo a 8. “Nunca nosotros representamos a 250 trabajadores, como se dice, vamos a reconocer tal vez por un mal asesoramiento legal o quizás de los abogados de entonces para buscar otros intereses en el transcurso incluyó a trabajadores que no debía incluir porque jamás ellos eran parte. Sin embargo, la juez y los vocales se apartaron de lo correcto. Pedimos que se respete el laudo arbitral pero solo para ocho trabajadores. La justicia estaría obligando a pagar a Red Uno más allá de lo que corresponde. El sindicato nunca asumió representación de todos, solo se pidió el cumplimiento del laudo para ocho personas, dijo”.
LLAMADA DE ATENCION
Durante la deliberación el tribunal de sala llamó la atención al abogado José Alfredo Ríos, por presentarse en audiencia a nombre y en defensa de los derechos de los trabajadores Junto a José Luis Patuy, pero esta vez representando a la Red Uno.
El vocal Juan José Subieta, expresó en el fallo que “en este caso llama la atención que el abogado del Sindicato Alianza Uno es el ciudadano José Alfredo Ríos Rendón, y ahora el abogado, es el abogado de la Red Uno. Entonces, ahí se hace ver que ahora está asumiendo la posición de la parte contraria y en esta contestación a la apelación. Antes pedía la detención de Joaquín Pereira Vaca Diez”, señala en acta de audiencia.
Al final de voto unánime la sala Constitucional Tercera, negó la tutela de acción de amparo a la empresa Red Uno y ratificó los fallos de los otros vocales, de la jueza octavo del trabajo y dio por ejecutado el laudo arbitral por considerar que los derechos laborales de los 254 trabajadores son irrenunciables. El fallo señala que el laudo arbitral debe ejecutarse de acuerdo a la norma. La resolución de la sala constitucional tiene primacía, está vigente y su última instancia será el Tribunal Constitucional de Sucre que al final tendrá que pronunciarse.
//FUENTE: ERBOL / SINDICATO RED UNO//