ANDRÉS GÓMEZ
Dos mujeres comparecieron ante el rey Salomón con dos bebés, uno muerto y otro vivo. Ambas mujeres afirmaban que el niño vivo les pertenecía, y que el bebé muerto era de la otra.
—Oh señor, ambas dormíamos con nuestros hijos en cama. Y esta mujer, en su sueño, se acostó sobre su hijo, y él murió. Luego puso su hijo muerto junto al mío mientras yo dormía, y me quitó el mío. Por la mañana vi que no era mi hijo, pero ella alega que éste es mío, y que el niño vivo es de ella. Ahora, ¡oh rey!, ordena a esta mujer que me devuelva mi hijo—declaró una de ellas.
—Eso no es verdad. El niño muerto le pertenece, y el niño vivo es mío, pero ella trata de quitármelo—respondió la otra mujer.
El joven rey escuchó a ambas mujeres.
—Traedme una espada—exclamó Salomón.
De inmediato, le trajeron una espada.
—Empuña esta espada, corta al niño vivo en dos y dale una mitad a cada una—ordenó Salomón a uno de sus súbditos.
—¡Oh mi señor, no mates a mi hijo! Que la otra mujer se lo lleve, pero déjalo vivir— clamó una de las mujeres.
—No, corta al niño en dos, y divídelo entre ambas—pidió la otra.
—Entregad el niño a la mujer que se opuso a que lo mataran, pues ella es la verdadera madre—ordenó Salomón.
Esta historia está en el Antiguo Testamento (I Reyes 3: 16-28) y refleja la sabiduría que debe tener un juez a la hora de emitir una sentencia para no limitarse a aplicar la letra muerta de la ley a un hecho, sino analizar las circunstancias, pensar sobre las reacciones de los involucrados y reflexionar si cuadra con el tipo penal.
En consecuencia, un juez no sólo debe conocer todas las definiciones de justicia, sino ser justo. Ser justo significa ser sabio. La sabiduría, una mezcla de equilibrio, conocimientos y experiencia, permite a una persona distinguir lo correcto de lo incorrecto; lo justo de lo injusto. La falta de sabiduría es la causa de la injusticia y la maldad, no la ignorancia.
La ignorancia se lo resuelve consultando un libro o a la inteligencia artificial (IA) como lo hicieron los vocales de la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, Jimmy López y Diego Ramírez.
Consultar a la IA no está mal, pero es una pésima decisión emitir una sentencia basada en una respuesta de ella como lo hicieron ambos vocales sobre una acción de privacidad presentada por una mujer que reclamó su derecho a la imagen después de haber autorizado ella misma la publicación de fotografías de partes de su cuerpo con heridas causadas por su pareja.
Ambos jueces despejaron su ignorancia preguntando al ChatGPT: ¿Cuál es el interés público legítimo en caso de divulgación de fotos de una mujer de partes de su cuerpo en redes sociales como Facebook, por los medios de prensa y sin el consentimiento y/o autorización de esta? (sic).
La IA les respondió: “la divulgación de fotos de partes del cuerpo de una mujer en las redes sociales, por los medios de prensa y sin su consentimiento o autorización, es una violación de la privacidad y la dignidad de la persona”.
El ChatGPT resolvió la ignorancia de López y Ramírez, pero no hizo justicia. Ambos jueces cometieron una grave injusticia al basar su sentencia en una máquina que no ponderó derechos frente a una posible colisión de éstos. Copiaron un concepto y lo pegaron en su fallo.
Para una sentencia justa, debieron haber considerado que la señora autorizó a tres periodistas (Marco Zabala, Ariel Vargas y Alberto Ruth) publicar sus fotografías.
La Ley 348 contempla la violencia contra la mujer como un delito público. Los tres profesionales difundieron las imágenes enmarcados en esa norma. Días después, la misma mujer se retractó de su denuncia y presentó una acción de privacidad para que los periodistas retiren sus fotografías de los espacios virtuales públicos.
Si los jueces hubiesen tenido sabiduría, se hubieran preguntado y preguntado a la accionante: ¿quién facilitó las imágenes de la señora a los periodistas? La respuesta a esta pregunta hubiera probado que ella misma facilitó las imágenes; por tanto, autorizó su publicación.
Si los jueces hubiesen tenido sabiduría, hubieran deducido que la publicación de las imágenes no causó ningún daño contra el honor de la accionante porque en ningún momento se expuso su rostro ni su nombre, por el contrario el derecho a la información preservó probablemente su derecho a la vida y evitó más violencia porque expuso al agresor. En consecuencia, no hubo violencia mediática, menos manipulación informática.
Si este FALLO se mantiene vigente, los periodistas pediremos autorización escrita y firmada de puño y letra de cualquier víctima de violencia antes de difundir la noticia en tono de denuncia o de alerta. Y es muy probable que entre lograr la autorización y la publicación sea ya muy tarde para salvar una vida.
Esa es/será la grave consecuencia de este globo de ensayo de dos vocales que no conocen a Salomón y han demostrado que son desechables y reemplazables por la IA.
ANDRÉS GÓMEZ VELA
Periodista y Abogado
*NdE: Los textos reproducidos en este espacio de opinión son de absoluta responsabilidad de sus autores y no comprometen la línea editorial Liberal y Conservadora de VISOR21