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El Registro Judicial de Antecedentes Penales (Rejap), que depende del Consejo de la Magistratura, adjudicó una sentencia dictada contra una mujer, procesada por falsificación y uso de instrumento falsificado en Santa Cruz, en el archivo personal de otras dos mujeres inocentes. Las afectadas tienen el mismo nombre de la investigada Virginia C. M.
El abogado de una de las perjudicadas, Abel Loma, informó a Página Siete que se trata de un error por homonimia, pues las tres personas tienen los mismos nombres y apellidos. Sin embargo, el jurista cuestionó que antes de subir los antecedentes a las hojas de vida judiciales de las afectadas, los funcionarios del Rejap no verificaron los números de cédulas de identidad y los datos personales que las individualizan. Sin ser juzgadas, además de vivir en otras ciudades, dos mujeres fueron señaladas como sentenciadas.
“La condena contra Virginia C.M. se emitió en 2001, pero se desconoce en qué fecha se subieron los datos al Rejap de las otras dos personas. Se supone que los antecedentes debieron ser subidos al sistema ese año, pero mi cliente requirió ese documento en 2017, el que fue emitido señalando que no tenía ningún antecedente penal, por lo que presumimos que (la sentencia contra la mujer procesada por falsificación) fue subida al sistema durante 2018 y mayo de 2022, es algo que pedimos lo aclare el Consejo de la Magistratura”, sostuvo Loma.
Su defendida necesita demostrar que no fue sentenciada, debido a que es funcionaria en un ministerio en el que le exigen contar con un Rejap sin condena. “El momento que se descubrió esto en la fuente de trabajo de mi cliente, incluso le dijeron que debían entregarla a la Policía, por tener esta condena pendiente, por eso interpusimos una acción de protección de privacidad, que se emplea cuando existen abusos de este tipo cometidos por el Estado”, explicó el abogado.
Luego de un juicio en el que Virginia C. M, natural de Tarija, fue juzgada en rebeldía, el cumplimiento de la condena de cinco años de cárcel quedó a cargo del Juzgado Tercero de Ejecución Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, ahora a cargo de la jueza Sindy Romero Padilla. Loma manifestó que en 2001 el juez que emitió la sentencia no precisó el número de cédula de identidad, edad, profesión o nacionalidad de la mujer condenada.
Loma y su cliente solicitaron a la jueza Romero que emita una resolución para que el Consejo de la Magistratura, en Sucre, corrija el error y libere de la condena a su cliente. Durante el trámite, el abogado verificó que antes de su defendida otra persona, con domicilio en El Alto y con el mismo nombre, también había hecho ese pedido.
Sin embargo, Romero negó a estas solicitudes. Loma explicó que la jueza argumentó y se limitó a decir que no había los suficientes elementos para emitir dicha resolución, lo que dejaba latente el daño jurídico causado a las dos mujeres inocentes. Dicha postura no solo genera un perjuicio profesional, sino también un gasto económico injusto, que no es considerado ni por la jueza ni la Magistratura, denunció el abogado.
Página Siete solicitó a la unidad de comunicación de la Magistratura poder contactar con los responsables del Rejap, pero los funcionarios no atendieron el pedido. La presidenta de esa instancia, Mirtha Meneses, ha evadido a los medios de comunicación desde su posesión.
La audiencia de acción de protección de privacidad está programada para el 1 de diciembre, en Santa Cruz. Loma solicitará que la Magistratura admita el perjuicio causado a su cliente y sancione a los responsables en el Rejap.
//FUENTE: PÁGINA SIETE//