Ejecución extrajudicial: Albarracín señala que el Gobierno tiene tres meses antes que CIDH remita su informe a la Corte

El Estado boliviano, a través del Gobierno de Luis Arce, tiene tres meses para cumplir las recomendaciones del informe de fondo sobre el caso Terrorismo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), aunque se prevé que “sí o sí” pasará a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, declaró el investigador del CEDIB y experto en esta materia, Franco Albarracín.

De acuerdo al reglamento de la Convención Americana de Derechos Humanos, el Estado tiene tres meses desde el momento que ha sido notificado para cumplir las recomendaciones del informe de fondo de la CIDH, aunque la comisión es flexible porque el plazo puede resultar corto, en ese sentido el Estado puede pedir una prórroga.

“El Estado tiene un plazo de tres meses para cumplir (las recomendaciones), la comisión entiende que es muy poco real, es muy difícil que se materialice, en la práctica la CIDH es muy abierta para que el Estado pida prórroga. El Estado tiene que pedir”, sostuvo Albarracín en una entrevista transmitida por el Facebook de la ANF.

La relevancia del informe preliminar de la CIDH surge luego que el fin de semana se filtró el informe de fondo sobre el operativo en el hotel Las Américas en 2009, hecho en el que tres personas fueron asesinadas y otras dos detenidas y torturadas.

Dicho informe establece que el Estado ha violado los derechos humanos de las víctimas, ha ejecutado la intervención al hotel sin orden judicial ni presencial fiscal donde fueron asesinadas tres personas.

A decir del procurador general del Estado, Wilfredo Chávez, el Gobierno ya fue notificado e incluso a través de los mecanismos consulares tiene conocimiento del informe, aunque el mismo está en un periodo de confidencialidad.

Se desconoce por el momento cuándo ha sido notificado el Gobierno, pero “si la Comisión aún no ha remitido a la CorteIDH es porque el Estado ha tenido que pedir una prórroga”, dice Albarracín

Sin embargo, el Estado boliviano está dando señales de que no cumplirá el informe de la CIDH. “En el caso boliviano, en el caso del hotel Las Américas, el Estado está dando las señales de que no va a cumplir con las resoluciones, por el solo hecho de decir que las recomendaciones no son obligatorias”.

Para el abogado, “el hecho de que se haya difundido el informe ya sea a través de la víctima, del Estado o de una parte del Estado significa una cosa muy concreta, que el caso va a pasar sí o sí a la Corte porque es imposible que haya un acuerdo con las víctimas”, afirmó.

Las partes tienen la posibilidad de llegar a “soluciones amistosas” para evitar llegar a la Corte porque en esta instancia que es jurisdiccional el caso puede demorar entre tres o cuatro años más. “Lo que puede ser muy desgastante para la víctima”.

Detalló que los gobiernos de los Estados que han suscrito y ratificado el tratado de la Convención Americana de Derechos Humanos tienen el compromiso de cumplir las recomendaciones de la CIDH o los fallos de la CorteIDH.

Consultado sobre el carácter vinculante, explica que existen “grados de obligatoriedad”, en el caso de la CIDH habla de “observaciones obligatorias”, que, si bien no tiene la misma fuerza de una sentencia de la Corte, tiene una fuerza vinculante menor, toda vez que su incumplimiento no genera responsabilidad internacional para el Estado, pero eso no quita que el Estado no debe cumplir”.

Acotó que solo los gobiernos dictatoriales o autoritarios cuestionan los informes o sentencias de la Comisión o de la Corte Interamericana, por ejemplo, Nicaragua o Venezuela.

En definitiva, las resoluciones de la CIDH “son de carácter obligatorio”, es más, la Corte dice en su jurisprudencia que, si bien las resoluciones de la CIDH no tienen fuerza vinculatoria como las de la CorteIDH, el “Estado sí está obligado a hacer todo el esfuerzo posible para cumplir con las recomendaciones de la Comisión, ahí hablamos de un grado de obligatoriedad”.

Albarracín hizo una extensa explicación a la ANF del sistema interamericano de derechos humanos de la Organización de Estados Americanos, diferenció las funciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y por el otro, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como entes autónomos.

//FUENTE: ANF//