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El proyecto de modernización y sistematización de la ley del Órgano de Justicia, aprobado en la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en noviembre de 2021, plantea un incremento de su presupuesto de Bs 400 a 1.000 millones provenientes del Tesoro General de la Nación, que sería un aumento “por demás significativo”.
Se trata de la modificación del artículo 228 de la Ley 025 del Órgano Judicial referido a la fuente del financiamiento. El proyecto de ley, a la que tuvo acceso la ANF, señala que a la fecha el Tesoro General de la Nación (TGN) “asigna aproximadamente al Órgano Judicial Bs 400 millones y el saldo es solventado con ingresos propios, haciendo un total de 1.096 millones aproximadamente”.
“En este artículo (228), se sugiere que el presupuesto sea del 3% del total, lo que implica que llegue a 1.000 millones aproximadamente, incremento por demás significativo y que es técnicamente viable, justificar su gasto. En la redacción de este artículo se hace una descripción de las fuentes de financiamiento de este 3%, esto a objeto de poder fiscalizar su asignación, de ser necesario”, explica el documento.
Mas adelante, indica que Órgano Judicial, a través de la Dirección Administrativa y Financiera, percibirá una transferencia del nivel central del Estado por coparticipación tributaria, equivalente a un monto porcentual no menor al 3% de la recaudación en efectivo de los tributos.
“La recaudación (se hará) efectivo de los siguientes tributos: El Impuesto al Valor Agregado, el Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, el impuesto a las Transacciones, El Impuesto a los Consumos Específicos, el Gravamen Aduanero, el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes y el Impuesto a las Salidas al Exterior; debiendo considerar para ello los requerimientos proyectados de gastos de funcionamiento, infraestructura, salarios, creaciones de nuevos Juzgados y Tribunales; designación de personal fijo y eventual de apoyo jurisdiccional, personal administrativo, implementación de nuevas tecnologías, gestión de causas, etc.; y de acuerdo a la proyección definida por el Órgano Judicial a corto, mediano y largo plazo”.
Proyecto de ley
El proyecto de ley fue presentado el 15 de junio al presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani. El objetivo planteado es modernizar las instituciones que conforman el Poder Judicial para que los operadores de justicia garanticen un trabajo transparente.
En la oportunidad, el presidente del TSJ, Ricardo Torres, manifestó que la Ley 025 necesita ser actualizada a la actual coyuntura para poder adecuar el trabajo de los operadores de justicia.
Subrayó que la norma propone una transferencia del nivel central del 3% por coparticipación tributaria, a favor del Órgano Judicial “para que esto dé paso a la modernización y a mayor presencia de operadores de justicia a nivel nacional”.
El proyecto también prevé consolidar la carrera judicial con base en los principios de la Constitución Política del Estado, en la que se posibilite tener un nuevo perfil del juez boliviano.
La propuesta de modificaciones a la Ley 025 también alcanza al Régimen Disciplinario, bajo el cual los administradores y operadores de justicia, además del personal de apoyo jurisdiccional, tendrían que ser sancionados cuando infringen la norma.
Por ejemplo, el proyecto plantea adicionar el artículo 187 a la Ley 025 referido a las nuevas faltas disciplinarias graves y un nuevo régimen de sanciones. Entre esas faltas están: asistir a su fuente laboral bajo los efectos de bebidas alcohólicas; no remitir ante el Juzgado de Ejecución Penal y al REJAP en 24 horas de generado el antecedente penal; por actuar en proceso que no sea de su competencia; por emitir informes o declaraciones con datos falsos, entre otros.
“La comisión de las faltas graves será sancionada con multa del 20% hasta el 100% del haber de un mes a ser descontado en cinco meses o en suspensión de funciones de uno a treinta días o hasta 6 meses, sin goce de haberes (de acuerdo a la gravedad de la falta)”, indica el documento.
Otra de las modificaciones es el artículo 110 de la Ley 025 que refiere a la incorporación de los sistemas informáticos. “Teniendo en cuenta que los Sistemas Informáticos, actualmente son seguros, no corresponde disponer que se deba presentar en físico la referida documentación, es por ello que la última parte del parágrafo I de este artículo, corresponde que se derogue”, reza el proyecto.
Aproximadamente, la Sala Plena del TSJ aprobó en noviembre del 2021 la modificación de 51 artículos de la Ley 025, una abrogación y cinco incorporaciones. Se prevé que dicho proyecto se trate en la comisión respectiva de la Cámara de Diputados.
//FUENTE: ANF//