Gobierno revisará normativa para reparar a víctimas de dictaduras militares

.

Ante la presión de víctimas de dictaduras militares de 1964 a 1982 y observaciones de organismos: ONU y CIDH el gobierno comenzó a elaborar la ley para “autorizar la revisión de procesos de calificación” de expedientes de personas excluidas de la reparación establecida en la Ley 2640 del año 2004 (de hace 18 años).

El martes 31 de mayo, las víctimas –todas personas mayores de 75 años o más– se apostaron en puertas del Parlamento para protestar por esa exclusión que alcanza a 6.972 personas según la Comisión de la Verdad cuyo Informe está amparado por la Ley 879 de 2016.

El miércoles 1 de junio esas mismas personas bloquearon El Prado frente al Ministerio de Justicia y lograron un compromiso escrito. El miércoles 8, el Viceministerio de Derechos Fundamentales Justicia remitió a organizaciones de víctimas el borrador Proyecto de Ley, a cuya copia accedió ANC.

LEY DE REVISION DEL PROCESO DE CALIFICACION SEGÚN LEY 2640

El Proyecto de Ley de 14 artículos “tiene por objeto establecer medidas para el derecho a la verdad y justicia de las víctimas de graves violaciones a derechos humanos de 1964 a 1982” y que la revisión se realizará según Informe de la Comisión de la Verdad que según Ley 879 funcionó de 2016 a 2020.

El documento involucra a los 4 órganos de conducción del Estado (Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral) y a gobernaciones, alcaldías escuelas, colegios y universidades.

Establece 9 categorías de Víctimas de violencia política: 1) Detenidos o presos; 2) Tortura física y psicológica; 3) Exilio o destierro; 4) Lesiones e incapacidad calificadas; 5) Muerte dentro o fuera del país; 6) Persecución político sindical, 7) Tratos crueles, inhumanos o degradantes; 8) Violación sexual y similares; 9) Otros actos inhumanos de carácter similar causados intencionalmente.

Como “Principios rectores” establece la “Debida diligencia” de organismos del Estado, “medidas armónicas de atención y protección de derechos de víctimas, Dignidad y No Repetición; Igualdad; Máxima protección a víctimas y familiares en juicios; Buena fe; e Imprescriptibilidad”.

El artículo 6 crea la “Comisión Multidisciplinaria” a cargo del Ministerio de Justicia con instituciones públicas para formular y ejecutar acciones específicas para revisar el proceso de calificación de solicitudes de reparación, presentadas por las víctimas pero que fueron denegadas por la “Comisión Técnica de Calificación COMTECA”.

Los artículos 7 y 8 del Proyecto de Ley, señalan que el Parlamento otorgará a las víctimas Honores como “Luchadores por la Democracia” y otras actividades como: Cadenas mediáticas con mensaje conmemorativos, eventos culturales, académicos y de reflexión, Minuto de silencio, publicaciones y campañas de información.

El artículo 9 manda a que el Ministerio de Culturas coordinará con gobernaciones y alcaldías para espacios de recuperación de memoria colectiva. Además, prohíbe homenajes a represores civiles y militares y retirar distinciones a personas identificadas con sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Los artículos 11, 12 y 13 detallan que las víctimas recibirán atención médica por la Caja Nacional de Salud CNS, medicamentos e insumos de rehabilitación, así como apoyo laboral para familiares y Vivienda priorizado por los Ministerios de Trabajo, y de Obras Públicas.

Como “Garantía de No Repetición” el Ministerio de Educación incluirá en la Currícula Educativa de Primaria y Secundaria el estudio del período dictatorial 1964-82 y la memoria histórica; igual que instituciones educativas militares y policiales, y Universidades Públicas y privadas.

BOLIVIA Y SUS DEMORAS EN REPARAR A VÍCTIMAS

A diferencia de Chile, Argentina y otros países, desde la década de 1980 Bolivia es de los últimos países en tomar “medidas activas” para reparar a víctimas de  dictaduras militares, y especialmente del tenebroso “Plan Cóndor” de interacción de gobiernos militares para matar, torturas o desaparecer a opositores políticos, dirigentes sindicales o ciudadanos comunes.

Hasta ahora solo 1714 víctimas bolivianas fueron incluidas por el gobierno para reparación según Ley 238 de 2012. Hace una semana, la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Ley 221 para completar esa primera reparación, sin embargo 6.972 víctimas se mantienen excluidas de todo.

Desde marzo 2012 se mantienen movilizaciones de víctimas y la “Carpa El Prado” donde personas mayores de 75 años, sobrevivientes de esas dictaduras se reúnen semanalmente. Esta situación fue observada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH en su Audiencia Nº 2 del 180º Período de Sesiones de 24 de junio 2021 y pidió a los conductores del Estado “medidas activas” y publicitar el Informe de la Comisión de la Verdad.

El Alto Comisionado de Derechos Humanos ONU comenzó a reunir en Mesas de Trabajo a víctimas de esas dictaduras junto con conductores del Estado (Órganos: Legislativo, Ejecutivo y Judicial).

Las 6.972 víctimas excluidas son: detenidos políticos, exiliados, deportados, asesinados, heridos, desaparecidos, torturados, e inclusive hijos nacidos en cautiverio. También están pendientes los “Juicios de Repetición” por mandato del artículo 114 de la Constitución Política del Estado.

Dichos juicios abarcan a militares, policías y paramilitares, nombrados en el Informe de la Comisión de la Verdad, que emitió 104 Recomendaciones para los conductores de los 4 Órganos del Estado.

Esas miles de víctimas fueron torturadas en cuarteles militares, “Casas de seguridad” clandestinas, o retenes policiales, como: VIII División Santa Cruz, El Pari, Dirección de Investigación Nacional DIN, Casa de Piedra Achocalla, Regimiento Bolívar Viacha, “Cuartito Azul”, Dirección de Orden Político DOP y muchos otros en los 9 Departamentos.

//FUENTE: ANC//